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Derecho de familia - Pensión de alimentos y filiación
- CONCA ABOGADOS BADAJOZ
- 5 jun 2015
- 1 Min. de lectura
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 24 ABRIL DE 2015
El Tribunal Supremo ha rechazado la devolución a un hombre de las cantidades en concepto de pensión de alimentos a una niña tras declararse la inexistencia de relación filial. La sentencia destaca que los supuestos de retroactividad del Código Civil, cuando operan, lo hacen en beneficio del menor, pero nunca en su perjuicio.
